Fuente: Revista Sin Permiso
Link de origen:
https://www.sinpermiso.info/textos/a-proposito-de-la-libertad
En la política actual y desde
posiciones ideológicas muy diferentes e incluso divergentes entre ellas, se
recurre muy frecuentemente al concepto de libertad para defender determinados
postulados ideológicos. Esto es sumamente exponencial durante las campañas
electorales o cuando se aprueba alguna medida legislativa que pretende regular
algún aspecto concreto de la sociedad.
Si bien todas las ideologías
promulgan defender la libertad en su máxima expresión -me aventuraría a decir
que excepto el fascismo, todas dicen pretender crear escenarios donde los
individuos consigan las mayores cotas de libertad posible, para así incrementar
al máximo el desarrollo y la potencialidad humana-, es necesario matizar que
existen diferentes tipos de libertad o al menos concepciones muy distintas de
la misma. Es muy diferente la libertad tal y como la entienden los libertarios
de corte derechista (con el actual presidente argentino, Javier Milei, siendo
su máximo exponente), de la libertad en términos republicanos o incluso la
libertad que se defiende desde el liberalismo conservador o el liberalismo
progresista.
En ese sentido, es interesante
rescatar una entrevista realizada por Fernando de los Ríos, dirigente del PSOE
durante los años 20 del pasado siglo, que en su viaje por la recientemente
creada Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas preguntó al mismo Lenin:
“¿cuándo iban a tener libertad los ciudadanos de la Unión Soviética?”, a la que
este contestó, “¿libertad para qué?”[1]
En el presente artículo se realiza un
breve repaso sobre las principales concepciones de libertad en términos
filosófico-políticos que actualmente están en disputa, así como un apartado
donde se exponen algunos casos prácticos para así aterrizar un debate que suele
dirimirse a un nivel más teórico. Es necesario destacar que el autor de estas
líneas, lejos de ofrecer una visión supuestamente neutra de las mismas, si es
que eso es posible, parte de un posicionamiento claro y definido, como es la
idea de que no existe libertad para el individuo sin la seguridad de la
preservación de la propia vida y el respeto a las elecciones vitales del mismo,
así como sin la garantía de la satisfacción de las necesidades materiales
básicas para la vida y el desarrollo humano que impida la interferencia
arbitraria de terceros.
Libertad liberal vs. libertad
republicana: un análisis de las bases filosóficas y políticas
En primer lugar, para entender mejor
las dos perspectivas ideológicas desde las que se aborda el concepto de
libertad es necesario exponer el significado de los conceptos de “libertad
negativa” y “libertad positiva” así como sus diferencias y posibles complementaciones
La libertad entendida en términos
negativos es aquella que está orientada a la protección y seguridad,
garantizando que no haya terceras personas que puedan atentar contra la propia
vida. En línea con esta visión de la libertad humana, también estaría el
respeto a la elección del propio modo de vida, así como la libertad de
pensamiento y opinión. Esta perspectiva entronca con la concepción de la
libertad del liberalismo doctrinario decimonónico, centrado exclusivamente en
la defensa de la isonomía, esto es, la estricta igualdad ante la ley (Casassas,
2008). Este enfoque formalista, basado en la idea de libertad negativa, concibe
la libertad como la ausencia de interferencia, sin considerar las condiciones
socioeconómicas e institucionales en las que se ejercen positivamente esos
derechos. Desde esta perspectiva, en la que no se tiene en cuenta las
relaciones de poder existentes, la libertad pasa a ser entendida como aquella
condición en la que el individuo toma decisiones o realiza acciones sin obstrucciones
por parte de otros. Esto queda reflejado en la conocida afirmación: "mi
libertad termina donde empieza la de los demás", que responde a esa
concepción negativa de libertad (Laín, 2016).
Siguiendo en esa línea, es muy útil
la definición que hace el historiador Richard Pipes, el cual, a la noción de
libertad le incluye 4 dimensiones: (1) libertad política, que se refiere al
derecho del individuo a participar en la elección de quienes gobiernan; (2)
libertad legal, que implica el derecho a ser juzgado por terceros de acuerdo
con la ley, tanto en relación con otros individuos como con el Estado; (3)
libertad económica, es decir, el derecho a utilizar y disponer libremente de
los propios bienes, y (4) derechos personales, que se refieren al derecho a la
vida y a la libertad del individuo, y la capacidad de actuar según su voluntad,
siempre y cuando no violente las libertades y derechos de los demás, es decir,
la ausencia de coerción (Pipes, 2002). Es en el punto 3 del concepto de
libertad defendida por este autor donde radicaría la principal diferencia entre
la “libertad liberal” y la libertad republicana, la cual, además de los
expuesto, incluye una defensa de la idea de libertad entendida en términos
positivos.
La libertad republicana, además de
defender que cada individuo tiene el derecho de utilizar y disponer libremente
de los propios bienes, entiende que no existe libertad cuando la persona no
dispone de los bienes materiales básicos que garanticen una subsistencia mínima
de vida. En ese sentido, ningún ciudadano lo será de pleno derecho si se ve
obligado a la voluntad arbitraria de otro con el fin de poder satisfacer las
necesidades básicas de sostenimiento de la vida. En consecuencia, esta
definición de libertad se asocia más a la idea de libertad como no dominación,
es decir, la ausencia de interferencias arbitrarias por parte de terceros.
Según esta concepción, la libertad implica no estar sujeto al dominio de otro,
independientemente de si dicho dominio se ejerce de facto o no. En ese sentido,
como señala el filósofo irlandés Philip Pettit (1997), la dominación se da
cuando "un agente domina a otro si y sólo si dispone de algún poder sobre
ese otro, en particular, un poder de interferencia arbitrario".
La libertad como la ausencia de
dominación defendida por la tradición republicana, diferencia entre
interferencias arbitrarias y no arbitrarias. Antoni Domènech (2000) defendía
que "es libre quien no puede ser arbitrariamente interferido por
otros". En este sentido, la libertad republicana no es solo ausencia de
interferencias, sino también la capacidad de vivir sin estar bajo la potestad
de otro que pueda interferir arbitrariamente en los planes de vida de un
individuo. Es decir, partiendo de la idea de que es fundamental la protección
de la propia vida del individuo, así como la capacidad de elección de modos de
vida y la libertad de pensamiento y opinión, esta corriente defiende que no
existe la libertad individual sin la garantía de satisfacción de las
necesidades materiales básicas, ya que esas condiciones materiales son -y han
sido a lo largo de la historia- la principal fuente de dominación. En tal
sentido, las necesidades básicas serían aquellas que son imprescindibles para
la propia subsistencia humana, como podrían ser la vivienda, la alimentación y
el acceso a una sanidad universal y gratuita, por ejemplo.
Hay que destacar que, si bien esta
idea de libertad republicana eclosiona durante el periodo de Ilustración, los
diferentes conceptos de libertad se llevan discutiendo durante siglos. Aristóteles
ya defendía que no eran libres aquellas personas que para subsistir tenían que
trabajar de manera asalariada. Mucho tiempo después, Thomas Jefferson abogaba
por una libertad vinculada a la propiedad de la tierra, ya que esta garantizaba
la subsistencia material de las familias, en consecuencia con ello, los que no
poseían tales tierras, no eran personas libres. Coetáneo de este, Maximilien
Robespierre, defendía de manera fehaciente la libertad republicana durante los
acalorados debates de la Asamblea nacional francesa, así como en el breve
periodo que los jacobinos ostentaron el poder durante la Revolución francesa,
desde junio de 1793 hasta julio de 1794. En el siglo XIX, el propio Marx
teorizó que el proletariado, debido a su propia condición de ausencia material,
era obligado a vender su fuerza de trabajo a la burguesía para así poder
garantizar una mínima subsistencia, por lo que no podría ser libre sin hacerse
con los medios de producción. Posteriormente y hasta nuestros días, son los
movimientos comunistas, anarquistas y socialistas de diferente pelaje los que
siguiendo con ese hilo histórico que conecta toda la tradición republicana,
defienden una idea de libertad real y emancipadora para el conjunto de las
clases populares que ven como su voluntad sigue sometida a la arbitrariedad de
una minoría privilegiada.
La libertad oligárquica:
contradicciones y consecuencias en el discurso político de derecha
La llegada a la presidencia argentina
del que se considera el primer presidente anarcocapitalista de la historia,
Javier Milei, representa el culmen de la reapropiación del concepto libertad
por gran parte de la derecha mundial, tanto de las tendencias liberales como
conservadoras y ultraconservadoras. Hecho que lleva fraguándose desde hace
décadas. En el caso español, fue la presidenta de la Comunidad de Madrid,
Isabel Díaz Ayuso, quien, durante las restricciones derivadas de la pandemia de
la COVID-19, hizo suya la lucha por la -supuesta- libertad, en este caso,
“libertad para ir de cañas”, manteniendo el sector de la hostelería en pleno
funcionamiento a pesar de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
Si bien los argumentos tanto de Milei
como de Ayuso parecen estar lejos de una discusión teórica y filosófica seria,
detrás se esconde una visión filosófico-política muy clara ya descrita
anteriormente. En este caso, la mayor parte de los políticos de la derecha y
extrema derecha mundial, defienden la visión oligárquica de libertad, reducida
principalmente a la libertad en términos económicos, es decir, el punto 3 de la
definición que hace Richard Pipes expuesta en el apartado anterior. Esto deriva
en una libertad total para la acumulación de capital sin atender a las
consecuencias resultantes del hecho, como son la desigualdad, la subordinación
de las instituciones públicas a la arbitrariedad de las clases pudientes o la
falta de capacidad de negociación y de elección de las personas más
desfavorecidas. La libertad política -punto 1-, la libertad legal -punto 2- y
la libertad individual -punto 4- quedan totalmente supeditadas a la
concentración de riquezas cuando no reducidas a meras formalidades desprovistas
de un contenido real para amplios sectores de la sociedad, particularmente para
los más vulnerables -como las personas migrantes, por ejemplo- quienes son
sistemáticamente excluidos de los beneficios que otorga la libertad entendida
desde una perspectiva republicana.
La concepción de libertad oligárquica
tiene una serie de incongruencias de base que socaban la libertad real de la
mayoría de las personas, al menos la libertad entendida en términos
republicanos. El ejemplo más evidente de esa falta de libertad se da cuando los
trabajadores acceden al mercado laboral completamente desprovistos de un
sustento material garantizado para la vida digna sin la dependencia de un
salario. La capacidad de negociación de un trabajador o trabajadora respecto a
su empleador suele ser sumamente desigual, sobre todo para las personas con una
baja cualificación. En consecuencia, no existe una libertad real cuando un
desposeído debe negociar los términos contractuales bajo la amenaza constante
de la necesidad de subsistir. En lugar de una negociación libre y equitativa,
la relación laboral se convierte en una forma de dominación, donde el empleador
ostenta un poder desproporcionado sobre el trabajador. Este desequilibrio
impide que las personas puedan elegir realmente su forma de vida, ya que están
obligadas a aceptar condiciones laborales desfavorables para garantizar su
supervivencia.
Otra de las incongruencias de la
visión oligárquica de la libertad que afecta de lleno a la clase trabajadora
son las políticas laborales promovidas por los diferentes gobiernos
conservadores de cualquier parte del mundo, ya que estos buscan socavar la
capacidad de negociación colectiva de los/as trabajadores/as mediante la
desregularización del mercado laboral, así como los ataques directos a los
sindicatos y a sus modos de lucha, como sería la prohibición de huelgas, la
persecución judicial de los piquetes informativos, etc. También la -mayor parte
de- las empresas persiguen y criminalizan la sindicalización de sus
trabajadores utilizando prácticas legales e ilegales para ello. Estudios
demuestran que las empresas americanas violan la ley en el 41,5% de las
campañas sindicales y en una de cada cinco se despide ilegalmente a
trabajadores. Además, gastan 340 millones de dólares anuales en consultores
para evitar la sindicalización[2]. Son de
dominio público las políticas antisindicales de corporaciones como Amazon o
Starbucks en EEUU contra la organización de los trabajadores en sus centros de
trabajo, destinando millones de dólares para la persecución de los mismos.[3] Estas
prácticas atentan directamente contra la libre asociación de trabajadores
socavando así, una vez más, su capacidad de negociación y con ello su libertad.
Otro claro ejemplo de esta falta de
libertad para las clases populares es el problema de la falta de acceso a la
vivienda debido al auge del precio del alquiler y como, consecuencia de este
hecho, los arrendatarios se encuentran en una posición de subordinación y
dominación en relación con los propietarios. Esto se ve acentuado cuando dichos
propietarios son grandes tenedores o fondos de inversión que disponen de
cientos de domicilios a su disposición, pudiendo manipular el mercado en su
beneficio. Las diferentes leyes de viviendas impulsadas por algunas
administraciones buscan equilibrar esa desigualdad de poder existente entre
inquilinos y arrendatarios, por lo que la desregulación promulgada por las
políticas libertarias de políticos como Milei o Ayuso, atentarían directamente contra
la libertad de las personas a disponer de una vivienda digna. Que esta sea un
bien de primera necesidad supeditado a los intereses de mercado, provoca que
las personas sin propiedad carezcan de una libertad real de poder construir sus
modos de vida de manera libre e independiente, ya que tan siquiera disponen de
capacidad real para decidir las condiciones de un contrato de arrendamiento,
quedando sometidos a la arbitrariedad de terceros.
Otros de los objetivos de las
políticas impulsadas por diferentes gobiernos de derecha, ha sido la lucha
contra el feminismo y contra la libertad de las mujeres que este movimiento
defiende en asuntos como, por ejemplo, el aborto. Un ejemplo de ello es el
hecho de que el grupo parlamentario de Javier Milei presentó el pasado mes de
febrero un proyecto de ley para derogar el aborto en Argentina[4] el cual
pretende sancionar con hasta tres años de cárcel a las mujeres que interrumpan
su embarazo. Esto atentaría directamente contra la capacidad de las mujeres
para decidir sobre su propio cuerpo. También el gobierno de Ayuso en Madrid
aprobó una Ley trans[5] que va en
dirección opuesta al derecho de la autodeterminación de género, socavando la
capacidad de las personas a decidir libremente quién quieren ser.
Siguiendo con los ejemplos de
políticas derechistas, es ilustrativo otro caso de Ayuso, como es la
colectivización que hacen de algunos individuos según criterios interesados. Si
bien los fundamentos básicos del liberalismo decimonónico defienden que el
individuo es único y a la vez responsables de sus actos, esto choca de frente
cuando, por ejemplo, la presidenta de la Comunidad de Madrid hace distinción de
los tipos de inmigración que es necesaria para la región en función a la
cultura de la que provienen las personas migrantes[6]. A ninguna
persona se le debería predisponer ningún atributo peyorativo ni limitar el
derecho a migrar por tener una nacionalidad o procesar una religión concreta,
ya que esta distinción basada en el origen cultural o religioso de las personas
migrantes contradice los principios fundamentales del liberalismo clásico, que
aboga por la igualdad de derechos y oportunidades sin importar la procedencia.
Lo paradójico es que, al tiempo que se defiende la libertad individual y el
mérito, se cae en la trampa de catalogar a los individuos en función de su
lugar de origen, privándoles de ese reconocimiento como sujetos únicos e
irrepetibles. Con ello se reduce a las personas a categorías que niegan su
individualidad, lo que termina siendo una forma de colectivismo encubierto, muy
alejado de los ideales de libertad que supuestamente defienden.
Se podrían nombrar infinitud de
ejemplos de cómo la idea de libertad defendida por políticos como Milei o Ayuso
dista mucho del concepto de libertad republicana, pero con lo expuesto hasta el
momento queda más que patente la limitación de esa noción de libertad que
defienden las posiciones más derechistas.
Consideraciones finales: sin
seguridad material, no puede existir la libertad
Como ha quedado expuesto, la libertad
defendida por la derecha política, lejos de garantizar una verdadera autonomía
individual y la igualdad de oportunidades, tiende a generar distinciones
basadas en criterios que van en contra de los principios fundamentales de la
libertad. Este enfoque perpetúa desigualdades estructurales que legitiman la
dominación y la subordinación de las clases populares en relación a las clases
pudientes, atentando directamente contra la libertad de la mayoría de la
población.
Para avanzar hacia una concepción más
justa y equitativa de la libertad, es fundamental desplegar un paquete de
medidas que garanticen la satisfacción de necesidades básicas y derechos
fundamentales esenciales para evitar la dominación y asegurar una libertad real
para todos los individuos. Porque quien no dispone de una sanidad pública
garantizada, por ejemplo, y su salud depende de un seguro privado vinculado a
un contrato de trabajo, ¿qué capacidad de negociación tiene para negarse a
aceptar condiciones laborales precarias? ¿Qué libertad tiene un trabajador o
trabajadora que su sustento y el de su familia depende de la voluntad de su
empleador? ¿Cómo puede ser libre una mujer si no se le permite decidir sobre su
propio cuerpo? ¿Cómo iniciar un proyecto de vida en libertad sin la garantía de
una vivienda digna? A estas y otras preguntas son las que intentamos dar
respuesta los que defendemos la libertad entendida en términos republicanos.
Bibliografía empleada:
Casassas, D. (2008): “En torno a las
condiciones materiales de la libertad: la Renta Básica como fundamento de la
sociedad civil”, Revista Latinoamericana de Filosofía, Vol. 34
Casassas, D. y Raventós, D. (2007):
“Propiedad y libertad republicana. La Renta Básica como derecho de existencia
para el mundo contemporáneo”, Sin Permiso, Vol. 2,
Domènech, A. (2000) “Individuo,
comunidad, ciudadanía”, Contrastes. Revista Interdisciplinar de Filosofía,
Vol. 5
Laín, B. (2016): “Democracia y
propiedad en el republicanismo de Thomas Jefferson y Maximilien Robespierre”
Petit P. (1997): “(1997): Republicanism.
A Theory of Freedom and Government, Oxford: Oxford University Press.
Pipes, R. (2002): “Propiedad y
Libertad”, Turner Publicaciones/Fondo de Cultura Económica,
[1] Libertad para qué. Visto en:
https://www.eldiario.es/aragon/el-prismatico/libertad-de-expresion-manif...
[2] Los empleadores estadounidenses están acusados de violar la ley
federal en el 41,5% de todas las campañas electorales sindicales. Visto
en:
https://www.epi.org/publication/unlawful-employer-opposition-to-union-el...
[3] Starbucks EE.UU. contrata a una exagente de la CIA para su campaña
antisindical. Visto en:
https://www.izquierdadiario.es/Starbucks-EE-UU-contrata-a-una-exagente-d...
[4] Claves del proyecto de ley presentado por el partido de Milei para
derogar el aborto en Argentina. Visto en:
https://www.newtral.es/partido-milei-ley-aborto-argentina/20240208/
[5] Ayuso consuma la reforma de la ley trans: desaparece de Madrid el
derecho a la autodeterminación de género. Visto en: ttps://
www.lasexta.com/noticias/nacional/ayuso-consuma-reforma-ley-trans-desapa...
[6] Ayuso: no es lo mismo un tipo de inmigración que otra. Visto en:
https://elpais.com/espana/madrid/2024-09-02/ayuso-no-es-lo-mismo-un-tipo...
Marc
Torres Nieto Es sociólogo y analista político por la Universidad de
Barcelona. Militante del PSUC Viu, ha colaborado escribiendo artículos con Nou
treball, Al descubierto, el Observatori del Sistema Penal i Drets Humans de la
Universitat de Barcelona y con la Revista Agon Questions Polítiques
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