Revista Nos Disparan desde el Campanario Año IV Nro. 55 EDUCACION E INTERSECCIONALIDAD... por Horacio Pili

 

 


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La interseccionalidad reconoce que nuestras identidades y experiencias están entrelazadas, y que no podemos abordar la justicia social sin considerar las intersecciones de raza, genero, clase, sexualidad y otros aspectos de nuestras vidas. La Doctora Esperanza Martínez, quien fuera Ministra de Salud y Bienestar Social durante el gobierno de Fernando Lugo en Paraguay, da una visión exacta de por qué la salud no es meramente la cura de alguna enfermedad. Esto es solo una parcialidad.- La salud implica un conjunto de derechos que van desde el resguardo a la gestación, el nacimiento, la lactancia, el acceso a una vivienda digna, trabajo de calidad, justa remuneración, educación, cuidado de mayores, esparcimiento y recreación (vacaciones), acceso a la conectividad y a la tecnología, identidad y paridad de género, raza, etnia y religión etc... En síntesis es la constitución de una figura que como gran paraguas cobija a los seres humanos, que por el solo hecho de haber nacido, nada les ha de faltar o excluir de una vivencia protegida y  en comunidad. Esta cobertura incide desde lo biológico en un altísimo nivel de defensas que operan como un resguardo para evitar cualquier afección.

La interseccionalidad en el contexto educativo al igual que en la salud, puede ofrecer herramientas para analizar las desigualdades que afectan la trayectoria educativa, al personal, los alumnos y la comunidad educativa en general. Posibilita concebir de nuevas formas las subjetividades, las relaciones y la construcción de conocimientos.

A continuación me permito la transcripción de un párrafo del documento Anti Manual Rebelde para la Defensa del Derecho a la Educación, surgido del Segundo Congreso Mundial contra el Neoliberalismo Educativo: alternativas pedagógicas, resistencias gremiales y sindicales, Panamá, 5 al 9 de junio de 2023, y en el cual se aborda una mirada totalizadora de la educación como derecho y derecho a la educación.

…..”La simplificación del derecho a la educación, centrado en la inclusión como matrícula escolar, sin tomar en cuenta el conjunto de factores asociados que garanticen superar las diferencias generadas por el origen social, ha vaciado de contenido estratégico a una parte importante de estas luchas.  La idea de crisis educativa instalada en los sesenta del siglo XX, ha generado olas incesantes de reformas educativas que lo que han hecho es propagar la idea que lo público -y ahora lo presencial- no sirve, cuando en realidad los problemas de los sistemas escolares públicos son generados en buena medida por la desinversión, la pérdida de horizonte estratégico y la subordinación a las demandas de coyuntura del mercado y el modo de producción. La simplificación del derecho a la educación, centrado en la inclusión como matrícula escolar, sin tomar en cuenta el conjunto de factores asociados que garanticen superar las diferencias generadas por el origen social, ha vaciado de contenido estratégico a una parte importante de estas luchas.  Necesitamos reconstruir las definiciones, objetivos y sistema de relaciones existentes, para defender un derecho a la educación realmente alineado a las necesidades de nuestros pueblos y un proyecto social liberador con justicia, igualdad y buen vivir, ecológicamente viable, anti patriarcal, feminista, que supere la homofobia y la transfobia, que sea capaz de generar alegría y encuentro para que lo comunitario ilumine lo educativo. 

 

¿Qué es el derecho a la educación?

La democracia como sistema político está asociado al respeto, cumplimiento y promoción de los derechos humanos.  El derecho a la educación, relacionado y complementario al conjunto de derechos humanos, se fundamenta en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), especialmente en lo contemplado en su artículo 1: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”, así como en los instrumentos jurídicos, convenciones y acuerdos que fueron elaborados y suscritos por los gobiernos que entienden el acceso universal a la educación como parte de la igualdad de todos los seres  humanos.

Con la decisión de masificar la educación surge el problema de las condiciones materiales necesarias para que todos, todas y todes puedan acceder en igualdad de condiciones a los sistemas escolares. Esto colocó en evidencia, las diferencias materiales asociadas a las clases sociales a las cuales se pertenecía, así como respecto a los territorios, no solo entre ciudad y campo, sino en estos mismos territorios. Por otra parte, el desarrollo desigual y combinado del capitalismo generaba diferencias importantes de capital cultural que se reflejaban en los procesos de cobertura e inclusión. En consecuencia, se le asigna a la escuela/universidad la tarea de desarrollar protocolos, políticas y procesos que tiendan a igualar las oportunidades a la hora de desarrollar el trabajo educativo. Es decir, la escuela/universidad es un reflejo de las diferencias económicas, políticas, sociales, culturales y tecnológicas que caracterizan a las sociedades, razón por la cual el esfuerzo de inclusión escolar es solo el inicio y desde el punto de vista del derecho a la educación implica la obligación de una estrategia de equidad. En consecuencia, el derecho a la educación es interdependiente del acceso a otros derechos humanos (identidad, alimentación, salud, vivienda, ruptura con el patriarcado, empleo, entre otros), comporta estrategias para disminuir o eliminar el impacto de las diferencias por origen social y tiene que garantizar el encuentro de culturas para aprender a respetar, convivir, compartir, crear y emprender de manera compartida. Además, el derecho a la educación implica garantizar que todos, todas y todes, independientemente del territorio donde vivan, puedan tener la oportunidad de acceder al conocimiento, la ciencia, cultura y tecnología de vanguardia, al saber comunitario y el acumulado de aprendizajes científicos que ha desarrollado la humanidad. En la medida que este propósito se pueda cumplir, el derecho a la educación se convierte en una herramienta para la democratización de las sociedades, el desarrollo de ciudadanía consciente y participativa, la alegría y la felicidad fundamentada en la igualdad de derechos y oportunidades. En consecuencia, podemos decir, que el derecho a la educación, como estrategia de transformación social, está conformado por el conjunto de iniciativas, acuerdos, legislaciones y políticas públicas que garantizan que todos somos iguales ante los procesos de enseñanza y aprendizaje. Igualdad que se fundamenta en el respeto y encuentro con las diversidades, el pensamiento crítico y la creatividad. Garantizar el derecho a la educación es una responsabilidad indeclinable de los Estados Nacionales y la idea de “Bien Común” de la educación, en ningún momento puede ser usado como pretexto para transferir a los y las ciudadanas las obligaciones que le son inherentes en esta materia…..”

Se puede concluir con que la interseccionalidad es una construcción inacabada, habida cuenta que referencia una praxis transversal al hombre como totalidad, en un constante devenir dinámico como imprevisible.

 


*Horacio Pili

Docente de Formación Profesional

Diplomatura en Ciencias Políticas con Orientación  en Políticas Publicas y Desarrollo Social

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