JUZGAR O PREJUZGAR decíamos por diciembre del 2012. Ahora, con este fallo, las esperanzas aumentan...
El máximo
tribunal de Tucumán revisó el fallo dictado hace poco más de un año, en el que
fueron absueltos los 13 imputados. Entre las diez personas ahora declaradas
culpables, la Corte consideró coautores del delito de "retención y
ocultamiento agravado para el ejercicio de la prostitución" a José
Fernando "Chenga" Gómez, Gonzalo José “Chenguita” Gómez, Daniela
Natalia Milhein y Andrés Alejandro González. Los otros seis condenados fueron
declarados "partícipes necesarios". (Fuente el Fusilado)
El 13 de diciembre
del 2012 nos atrevíamos a conjeturar....
Juzgar o prejuzgar
¿Cuántos de los indignados con el
reciente fallo emitido por el tribunal tucumano que atendió el caso Marita
Verón conoce los considerandos del mismo? ¿Cuántos de los violentos,
verborrágicos y de los otros, saben a ciencia cierta y con fundamento jurídico
qué es lo que se estaba tratando puntualmente en el juicio?
Es un caso testigo, sensible, y como tal
incluye cientos de percepciones antojadizas e imaginarias. Los medios bien
saben incorporar litros de kerosén ante este tipo de cuestiones. Por fuera que
los personajes juzgados eran de despreciable traza, sobre todo de cara al dolor
ajeno, no es menos cierto que si no existen pruebas tangibles sobre el dilema
central muy poco es lo que se puede hacer desde la justicia. Sí me llama la atención
que por ahora ningún fiscal haya actuado de oficio en función de supuestos
delitos paralelos que involucran a los juzgados y que han surgido en las
declaraciones de las testigos.
Puede entonces que no existan pruebas
concluyentes sobre la suerte de Marita Verón, pero sí existen testimonios que
involucran a estas personas como partícipes necesarios en una red de trata de
personas. La pregunta que de inmediato se desprende es por qué no se avanza en
ese sentido.
Y es aquí en donde deseo poner énfasis.
Es probable que en ocasiones no se hallen signos jurídicos claros para
sancionar a un presunto culpable sobre un evento puntual, atributo obligatorio
e inescrutable que tiene el estado de derecho para condenar a un ciudadano.
Pero nuestra historia reciente ha demostrado con creces que una multiplicidad
de casos de lesa humanidad fueron resueltos jurídicamente por caminos
alternativos.
No se puede ni se debe prejuzgar. La sola
sospecha no es motivo de sanción y en oportunidades ciertas actitudes son condenables
desde le ética o desde un deber ser social pero no son punibles desde el
derecho. Lo vivimos en nuestro Pago hace poco más de cuatro años. Algunos de
nuestros más selectos representantes deambulan por las calles como si nada
hubiera pasado. Como sociedad no nos puede motivar, para condenar a alguien, el
simple desprecio por el juzgado, debemos esforzarnos para que ninguna duda
quede flotando sobre su delito. No sólo es un derecho constitucional, además es
lo que refuerza la idea de justicia; es decir, que nadie sea condenado por un
delito que no cometió.
Supongamos que por simple animadversión
colectiva cierto vecino de mala historia es responsabilizado por una fechoría.
Sobre la base de testimonios se lo detiene y se le practican todas las instancias
jurídicas. Ahora bien. Paralelo a las decenas de testimonios no se presenta
ninguna prueba concreta de lo testificado. El sujeto no tiene en su poder útil
alguno que lo involucre, no existe imagen tangible que acredite su presencia en
el lugar del suceso acreditando además que por esas horas se hallaba en otro
sitio presentando testigos que así lo aseguran. Queda de inmediato en libertad.
Una pueblada, encolerizada con el fallo, expone su indignación violentamente.
Digamos que la horda funciona en estos casos como subjetivo tribunal
inquisidor. Hace pocos meses en Ayacucho ocurrió algo por el estilo con la
muerte de una bebe.
Las Madres y las Abuelas son un ejemplo
que nunca debemos olvidar. En un estado de derecho, más temprano que tarde,
siempre existirán los resortes adecuados para llegar a la verdad. Muchas
derrotas jurídicas tuvimos que sufrir, desde leyes limitantes nefastas hasta un
perverso indulto presidencial, sin embargo la violencia y el prejuzgamiento
nunca fue el vademécum operativo de las asociaciones de Derechos Humanos. Astiz
no debe ser juzgado por sorete, sino por asesino. Por sorete sale en diez
minutos, por asesino deberá pagar de por vida. Y para que sea condenado se
necesitan pruebas irrefutables, de lo contrario logrará el beneficio de la duda
y como consecuencia del error nunca más podrá ser llevado a los estrados por
ese mismo delito.
La publicación de los considerandos del
fallo del caso Marita Verón y la posterior apelación podrán blanco sobre negro
en cuestiones que desconocemos. Hoy estamos ciertamente fatigados y tristes,
debido a que deseamos fervientemente que Susana Trimarco encuentre justicia y
que al mismo tiempo alcance su paz espiritual. Somos hinchas de Susana Trimarco
y de su hija, no somos neutrales, por eso debemos mantener la prudencia para no
embarrar la cancha jurídica de modo tal todo su descomunal esfuerzo no se
diluya en el océano de la impunidad.
....mucho más temprano que
tarde, de nuevo se abrirán las grandes alamedas por donde pase el hombre libre,
para construir una sociedad mejor...(Salvador Allende)
Comentarios
Publicar un comentario