HACE POCOS DÍAS LA JUSTICIA DESACTIVÓ LA "OPERACION SEYCHELLES".. PARECE QUE LA "OPERACIÓN BOUDOU-CICCONE" CORRERÁ LA MISMA SUERTE.. No lo digo yo, lo dice el Fiscal
El fiscal ante la cámara de casación Javier De Luca solicitó la
revocación de la imputación que pesa sobre el vicepresidente Amado Boudou,
debido a que, según indicó, en la causa "los hechos son relatados por los
investigadores de manera muy general" y que así sólo generan
incertidumbre, tanto para el vicepresidente de la Nación como para el resto de
la sociedad. El fiscal consideró que en ningún momento se terminaron de definir
con precisión los posibles delitos investigados, ni la imputación a Boudou, y pidió
que se despejen esas dudas de manera inmediata para lograr dilucidar el caso. El
fiscal general ante la cámara federal de casación penal, Javier De Luca,
presentó esta tarde su dictamen en la causa “Ciccone", con el cual se
pronunció respecto al recurso que había interpuesto la defensa del
vicepresidente de la Nación, Amado Boudou. Los abogados del vicepresidente
habían planteado que se desistiera de la investigación por “falta de acción”
penal, ya que había, sostuvieron, una ausencia de convicción de los elementos
probatorios reunidos hasta el momento que, a su criterio, “demostrarían la
carencia de una adecuación típica de los hechos”. Es decir, la ausencia del
delito por el que se acusaba a Boudou. En su dictamen, De Luca sostuvo que,
respecto de los hechos y delitos que se le atribuyen al vicepresidente, había
que hacer las siguientes consideraciones: en primer lugar, sobre las
“negociaciones incompatibles” en su carácter de funcionario y “tráfico de
influencias”, indicó que, de acuerdo a lo que señala el propio Código Penal
sobre el delito (art. 265), éste “no se ocupa de operaciones ilegales, sino de
las legales”. De esta manera, explicó el fiscal, el ilícito consiste en
interesarse, pero sólo puede ser cometido por un autor determinado por la ley, esto
es, por el funcionario competente con relación al contrato u operación en la
que se interesa”. “La norma no sanciona negocios prohibidos, sino incompatibles
con el ejercicio de la función pública”, agregó De Luca. El fiscal señaló que
para que ese delito exista tiene que ser cometido por la persona que estaba
“inmediatamente” a cargo de la tarea y sancionarla en el caso de que hubiera
usado su puesto para favorecer a alguien determinado. De esta manera, no puede
haber, a partir de esa figura penal, una responsabilidad de otro funcionario,
por más que ese otro funcionario sea superior del primero.
Lavado de activos
Sobre el delito de lavado de activos, el fiscal también sostuvo
que, de la propia lectura del Código Penal (art. 278 CP, según redacción dada
por la ley 25.246, vigente en 2010 y que, según la requisitoria fiscal, es la
ley aplicable) surgía otro problema, “consistente en que el objeto de la
pesquisa debe ser dinero u otra clase de bienes provenientes de un delito”. En
este caso, De Luca dijo que en ningún momento de la causa “se ha dado una
explicación semejante que autorice a pensar que este tipo penal podría estar
involucrado y que en él estuviera involucrado” el actual vicepresidente. Es
decir que, para el representante del Ministerio Público, “si existiera una
hipótesis que involucrase al ex Ministro de Economía en esta clase de
conductas, debería ser expresada y enunciada a claramente”.
Falta de acción
Sobre la base de lo anterior, De Luca manifestó que la excepción
de falta de acción es un instituto procesal anterior a la sentencia final, por
el cual los interesados tienen derecho a discutir si la conducta por la que lo
están persiguiendo judicialmente es delito o no lo es. Y, de acuerdo a lo que
señaló el fiscal en su dictamen, a Boudou “se le viene negando ese derecho”. De
esta manera, De Luca advirtió que, si bien existe una actividad procesal
importante en la causa, “no se le ha dado al investigado y a la sociedad una
respuesta consistente en qué hechos con relevancia jurídico-penal están siendo
investigados”. Y añadió que “la mera cita de artículos del Código Penal no
satisface ese deber, porque los hechos son relatados por los investigadores de
manera muy general, sin consideración a los elementos relevantes de los tipos
penales que, según ellos, se encuentran involucrados”. Por esto, el fiscal
dictaminó ante la cámara de casación que “debe realizarse de manera inmediata
la valoración conjunta de todas las pruebas producidas, y con el fin puesto en
una pronta elucidación del caso, determinar cuáles restan producirse”. Finalmente,
pidió que “de inmediato […] se despeje la situación de incertidumbre en que se
encuentra el proceso respecto del peticionante [Boudou], tanto en relación con
los hechos como sobre su subsunción en alguna figura penal”.
Fuente: Tiempo Argentino - Infonews
Fuente: Tiempo Argentino - Infonews
Golpearon donde sabían que tenían que golpear. Y mediáticamente lo consiguieron. Ya hicieron de Boudou un cadáver político. Esta vez, las tapas de Clarín surtieron efecto.
ResponderEliminarYa vaya si hicieron un buen trabajo que hasta gente del palo consideran al Vice como un personaje menor y limitado. Se ve que lo de las AFJP tuvo un doble encaje en la memoria colectiva: Muchos de los propios no lo recuerdan y las corporaciones afectadas en sus intereses lo recuerdan perfectamente
ResponderEliminarHoy en La Nación comenzó una nueva opereta: "El Ranking patrimonial de los funcionarios de La Campora"...
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