HACE POCOS DÍAS LA JUSTICIA DESACTIVÓ LA "OPERACION SEYCHELLES".. PARECE QUE LA "OPERACIÓN BOUDOU-CICCONE" CORRERÁ LA MISMA SUERTE.. No lo digo yo, lo dice el Fiscal





El fiscal ante la cámara de casación Javier De Luca solicitó la revocación de la imputación que pesa sobre el vicepresidente Amado Boudou, debido a que, según indicó, en la causa "los hechos son relatados por los investigadores de manera muy general" y que así sólo generan incertidumbre, tanto para el vicepresidente de la Nación como para el resto de la sociedad. El fiscal consideró que en ningún momento se terminaron de definir con precisión los posibles delitos investigados, ni la imputación a Boudou, y pidió que se despejen esas dudas de manera inmediata para lograr dilucidar el caso. El fiscal general ante la cámara federal de casación penal, Javier De Luca, presentó esta tarde su dictamen en la causa “Ciccone", con el cual se pronunció respecto al recurso que había interpuesto la defensa del vicepresidente de la Nación, Amado Boudou. Los abogados del vicepresidente habían planteado que se desistiera de la investigación por “falta de acción” penal, ya que había, sostuvieron, una ausencia de convicción de los elementos probatorios reunidos hasta el momento que, a su criterio, “demostrarían la carencia de una adecuación típica de los hechos”. Es decir, la ausencia del delito por el que se acusaba a Boudou. En su dictamen, De Luca sostuvo que, respecto de los hechos y delitos que se le atribuyen al vicepresidente, había que hacer las siguientes consideraciones: en primer lugar, sobre las “negociaciones incompatibles” en su carácter de funcionario y “tráfico de influencias”, indicó que, de acuerdo a lo que señala el propio Código Penal sobre el delito (art. 265), éste “no se ocupa de operaciones ilegales, sino de las legales”. De esta manera, explicó el fiscal, el ilícito consiste en interesarse, pero sólo puede ser cometido por un autor determinado por la ley, esto es, por el funcionario competente con relación al contrato u operación en la que se interesa”. “La norma no sanciona negocios prohibidos, sino incompatibles con el ejercicio de la función pública”, agregó De Luca. El fiscal señaló que para que ese delito exista tiene que ser cometido por la persona que estaba “inmediatamente” a cargo de la tarea y sancionarla en el caso de que hubiera usado su puesto para favorecer a alguien determinado. De esta manera, no puede haber, a partir de esa figura penal, una responsabilidad de otro funcionario, por más que ese otro funcionario sea superior del primero.
Lavado de activos
Sobre el delito de lavado de activos, el fiscal también sostuvo que, de la propia lectura del Código Penal (art. 278 CP, según redacción dada por la ley 25.246, vigente en 2010 y que, según la requisitoria fiscal, es la ley aplicable) surgía otro problema, “consistente en que el objeto de la pesquisa debe ser dinero u otra clase de bienes provenientes de un delito”. En este caso, De Luca dijo que en ningún momento de la causa “se ha dado una explicación semejante que autorice a pensar que este tipo penal podría estar involucrado y que en él estuviera involucrado” el actual vicepresidente. Es decir que, para el representante del Ministerio Público, “si existiera una hipótesis que involucrase al ex Ministro de Economía en esta clase de conductas, debería ser expresada y enunciada a claramente”.
Falta de acción
Sobre la base de lo anterior, De Luca manifestó que la excepción de falta de acción es un instituto procesal anterior a la sentencia final, por el cual los interesados tienen derecho a discutir si la conducta por la que lo están persiguiendo judicialmente es delito o no lo es. Y, de acuerdo a lo que señaló el fiscal en su dictamen, a Boudou “se le viene negando ese derecho”. De esta manera, De Luca advirtió que, si bien existe una actividad procesal importante en la causa, “no se le ha dado al investigado y a la sociedad una respuesta consistente en qué hechos con relevancia jurídico-penal están siendo investigados”. Y añadió que “la mera cita de artículos del Código Penal no satisface ese deber, porque los hechos son relatados por los investigadores de manera muy general, sin consideración a los elementos relevantes de los tipos penales que, según ellos, se encuentran involucrados”. Por esto, el fiscal dictaminó ante la cámara de casación que “debe realizarse de manera inmediata la valoración conjunta de todas las pruebas producidas, y con el fin puesto en una pronta elucidación del caso, determinar cuáles restan producirse”. Finalmente, pidió que “de inmediato […] se despeje la situación de incertidumbre en que se encuentra el proceso respecto del peticionante [Boudou], tanto en relación con los hechos como sobre su subsunción en alguna figura penal”.

Fuente: Tiempo Argentino - Infonews


Comentarios

  1. Golpearon donde sabían que tenían que golpear. Y mediáticamente lo consiguieron. Ya hicieron de Boudou un cadáver político. Esta vez, las tapas de Clarín surtieron efecto.

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  2. Ya vaya si hicieron un buen trabajo que hasta gente del palo consideran al Vice como un personaje menor y limitado. Se ve que lo de las AFJP tuvo un doble encaje en la memoria colectiva: Muchos de los propios no lo recuerdan y las corporaciones afectadas en sus intereses lo recuerdan perfectamente

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  3. Hoy en La Nación comenzó una nueva opereta: "El Ranking patrimonial de los funcionarios de La Campora"...

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